Por las motivaciones precedentemente señaladas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial penal del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena al Ciudadano: NOEL JOSÉ PETIT LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 17.349.820, residenciado en la calle porvenir con Avenida Sucre, casa N° 25, Coro, estado Falcón, a cumplir la pena de Dos (02) años y Ocho (08) meses de prisión mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en la parte in fine del único aparte del artículo 376 ejusdem, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinal 6° del Código Orgánico procesal penal en concordancia con el artículo 376, primer aparte ejusdem con relación a lo previsto en el artículo 376 del Código Penal vigente en armonía con el artículo 37 ejusdem y 16 ibidem......