Por todo lo antes expuestos este Tribunal PRIMERO de Control del Circuíto Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Extinguida la acción Penal y el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, donde aparece como Imputado el ciudadano JULIAN ELISEO HERNÁNDEZ CARBONEL, por el motivo de la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO del tipo arrollamiento a peatón con muerto, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA; por operar la PRESCRIPCIÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º, y el artículo 48 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo pautado en el Artículo 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Primero de Control
Abg. José A.....