Por todo lo antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA Extinguida la Acción Penal y el SOBRESEIMIENTO del asunto Nº IP01-P-2005-006826, donde aparece como imputado el ciudadano: JANDI ALEXANDER ARCILA GARCES, por la presunta comisión del delito DAÑOS MATERIALES, previsto y sancionado en el artículo 475 Código Penal, en perjuicio de el ciudadano: JOSE GREGORIO HERNANDEZ MARIN, por considerar que la misma esta prescrita, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º y el Artículo 48 Ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo pautado en el Artículo 108 Ordinal 5º del Código Penal Venezolano. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
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