En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de 15 días contados a partir del 27-11-07, los cuales vencerán el día 11 de Diciembre de 2007, ello a los efectos de que la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, presente el acto conclusivo a que haya lugar. En consecuencia, se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra del imputado JACKSON VICENTE MEDINA.