Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD A FREDDY JOSÉ RUÍZ, Venezolano, de 21 años de edad, soltero, obrero, natural y Residenciado en el sector Pantano Centro callejón Sierra alta, casa Nº 24 Municipio Miranda Coro Estado Falcón y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.924843, y de conformidad con lo establecido en los artículos 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal lo impone de Medida Cautelar referida a Presentación Cada Veinte (20) Días ante la Oficina de Alguacilazgo de este mimo Circuito Judicial. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Practíquese lo conducente. Cúmplase.
El Juez Primero de Control
Abg. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
El Secretario
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