Por todo lo anterior, este Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SE CONDENA al ciudadano, ESTEBAN ELÍAS GUTIÉRREZ HERNÁNDEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad personal número V. 7.485.793, de 51 años de edad, nacido el 10/10/1955, Comerciante, domiciliado en Urbanización Cruz Verde Vereda 35 sector cuatro. Por la comisión del delito de AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre, cometido en perjuicio de la ciudadana CRUZ EMILIA LEAL, a cumplir la pena de 15 meses, 22 días, 12 horas, por ser responsable del delito antes mencionado. Igualmente se condena al acusado, a cumplir dicha pena en CENTRO COMERCIAL PRO PATRIA NIVEL 5 OFICINA 1-2-3, PASTOR: LUIS RODRÍGUEZ TELÉFONO 04143232307, CENTRO DE REHABILITACIÓN RETO A LA JUVENTUD. En consecuencia se ordena librar el respectivo oficio a.....