Basadas en las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano YAMPIERO RIVERO JIMENEZ, venezolano, titular de cédula de identidad 17.178.879, nació en Coro, el 02-12-1982, de último domicilio aportado Arístides Calvani, Avenida 01, casa 03 de color blanca, al final de la quebrada Teléfono 0246-8631618, de ocupación de Obrero, actualmente recluido en la Comunidad Penitenciaria de Coro del Estado Falcón, por la comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS y CUATRO (4) MESES DE PRISÓN,.....