este Tribunal (unipersonal) Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: no culpable al ciudadano: JHONNY LORVES GALICIA. SEGUNDO, SE ABSUELVE al ciudadano JHONNY LORVES GALICIA, Titular de la cedula de identidad 15.457.555, de 34 años de edad, residenciado en la barrio san José, calle principal, casa numero siete, cerca de la panadería la pequeña Michelle, hijo de Gloria Galicia y Pastor Lorves (occiso) por el delito de Robo agravado en grado de complicidad estipulado en el articulo 458 del Código penal TERCERO, de conformidad con el articulo 366 del código orgánico procesal penal se ordena la inmediata libertad de los imputado de autos, la cual se hará efectiva en esta sala de audiencia y cesan todas las medidas de coerción personal que pesaban Esobre los mi.....