Por los fundamentos expuestos y con base en los hechos establecidos y los elementos de prueba presentados, debatidos y examinados durante el Debate Oral y Público, este JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, constituido en forma Mixta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: en aplicación de la Sana Critica recogido en el Artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, considera de las declaraciones recibidas por este Tribunal, más específicamente de la valoración de las declaraciones de los Expertos ALEXIS MORLES y WALTER HERNANDEZ, quienes practicaron Inspección Ocular Nro. 1225 en el lugar donde sucedieron los hechos, Inspección ocular Nro. 1226, practicado al cadáver de la victima y Reconocimiento Legal practicado al arma de fuego tipo Escopeta calibre 16 incriminada en los hechos, a la declaración de la Experto Yoleida Aleman, Médico F.....