En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, PRIMERO: declara CON LUGAR, la solicitud de devolución de vehículo interpuesta por el ciudadano Hadder Acurero, identificado en autos con la cédula de identidad V-12.588.752 y en consecuencia se ordena a su favor la entrega del vehículo vehículo moto, tipo paseo, marca: Vensun, año 2000, color: rojo, modelo VS125, sin placas, serial motor 01-C, serial carrocería VENSUN 06A01A00023. SEGUNDO: Se le impone la obligación de presentar dicho bien mueble las veces que este órgano jurisdiccional así lo considere todo conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se le impone del deber de inscribir el vehículo de motor en el Registro Nacional de Vehículo y tramitar el Certificado respectivo, en consecuencia, no podrá circular con dicha moto hasta tanto cumpla con esta ob.....