Por todo lo antes expuesto este Tribunal Mixto Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por decisión UNANIME declara, por aplicación del Principio In Dubio Pro Reo, que absuelve a la ciudadana LUZ MARINA MARCANO, venezolana, de 54 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.530.069, casada, nacida el 11-11-1952, natural de Lagunillas Estado Zulia, domiciliada en la Urbanización Las Malvinas, calle N° 02, casa N° 80-30, municipio Colina del Estado Falcón, por la comisión del delito DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el ultimo aparte, del articulo 31 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, y en consecuencia se declara la LIBERTAD, dejándose sin efecto todas las medidas a que hubiere dado lugar
Publíquese regístrese y n.....