Por los fundamentos y consideraciones anteriormente explanadas, este Juzgado Unipersonal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por aplicación del Principió In Dubio Pro Reo se Absuelve: al ciudadano: IVAN JOSE BURGOS, venezolano, de 49 años de edad, nacido en fecha 09 de febrero de 1959, domiciliado en Barrio La Cruz, Sector Simón Bolívar, Barquisimeto Estado Lara, de ocupación obrero. Por la comisión del delito Homicidio Calificado, previsto en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos Alicia Monasterio Pacheco, Marilin Lourdes Betancourt Marrufo, Carlos Jesús Romero Andrade y José Manuel Urbina Acosta (occisos). Y en consecuencia se declara la libertad y se deja sin efecto todas las medidas de coerción personal que sufrió preventivamente el acusado. Librase la boleta de libertad.
Publíquese, regístrese.-