Por los fundamentos y consideraciones anteriormente explanadas, este Juzgado Unipersonal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CONDENA al ciudadano LUIS ARNOLDO CASTILLO RAMIREZ, venezolano, de 43 años de edad, nacido en fecha 29 de Septiembre de 1963, domiciliado en Urbanización Los Médanos de esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, a cumplir una pena de tres (3) años, por el delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal en su ultimo aparte, por cuanto las agravantes señaladas por el Fiscal del Ministerio Público en su escrito acusatorio están subsumidas dentro del mismo supuesto del artículo 376 eiusdem, en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA . Igualmente se condena al acusado a las penas accesorias previstas en el artículo 1.....