Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede a la penada MARIA EUGENIA MARTE CHIRINOS, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° V-14.655.903, residenciada en la Urbanización Aristides Calbani, Calle Principal, Casa S/N ( Quinta), de Color Blanca, cerca de la Bodega de Joel de esta Ciudad de Coro, Estado Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494, 495, 497 y 499 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, notifíquese al penado para que comparezca el día 11 de Julio 2007 a las 10:30am, a los fines de imponerla del otorgamiento de dicho beneficio en la sede de este Circuito Judicial Penal. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con e.....