Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la presente causa seguida en contra del penado LANDER JOSE FIGUEROA YAMARTE, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a realizar el computo de pena respectivo. En tal sentido se observa que el referido Penado fue condenado por el Tribunal Segundo de Control de este mismo Circuito judicial Penal a sufrir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del Delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal, no siendo sometido al cumplimiento de Medidas Cautelares alguna, por lo que le falta por cumplir la totalidad de la pena impuesta. Ahora bien, por cuanto el delito por el cual fue condenado el penado no esta exento de la posibilidad de otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y el mencionado penado no se encuentra sometido a ninguna de las Medidas Alternativas de Cum.....