Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Conmutación del resto de pena de presidio que falta por cumplir al penado Bernardo Antonio Rojas, arriba bien identificado, es decir, Un (01) Año, Tres (meses) y Dieciocho (|18) días de presidio mas la tercera parte de ese total, es decir, Cinco (05 ) Meses y Seis (06) días, para un total de Un (01) Año, Ocho (08) meses y Veinticuatro (24) días de presidio en pena de Confinamiento, la cual deberá cumplir el penado en la siguiente dirección: Caserío lasa Tunitas, Vía la Encrucijada, Municipio Federación del Estado Falcón, quedando obligado a :
Primero: Presentarse cada Dos (02) meses, dentro de los primeros cinco días del mes que le corresponda, contados a partir del mes de Marzo de 2006, ante la Dirección de Intendencia de.....