Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón sede Punto Fijo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: PERENCION DE LA INSTANCIA y EXTINGUIDO EL PROCESO, de OFERTA REAL DE PAGO, que sigue incoara la parte oferente HIDROLOGICA DE LOS MEDANOS FALCONIANOS, C.A., (HIDROFALCÓN, C.A.), a favor de la parte oferida EDUARD JOSÉ GARCIA BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.589.313.
SEGUNDO: Se deja a salvo el derecho que tienen la parte actora de intentar nuevamente la acción, de conformidad con el articulo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte oferente mediante exhorto y una vez conste en autos la notificación comenzará a correr Ipso Iuris el lapso para que interpongan el recurso que considere pertinente.....