Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Presunción de Admisión de Hecho en contra de la ciudadana ANGELA TABIO PINEDA.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana MARILU DEL CARMEN BERMUDEZ AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula No. V-10.971.634, por motivo de RECLAMO POR PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES POR DESPIDO, contra la ciudadana ANGELA TABIO PINEDA.
TERCERO: Se condena a la ciudadana ANGELA TABIO PINEDA a cancelar a la ciudadana MARILU DEL CARMEN BERMUDEZ AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula No. V-10.971.634, la cantidad total de CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 58.500,00), por concepto de RECLAMO POR PAGO .....