PRIMERO: El apoderado judicial de la parte demandada en nombre de su mandante consignó cheque Nº 31001948 a cargo de la cuenta Nª 01020339230000096603 girado en contra la entidad Bancaria Banco de Venezuela como único pago a la parte actora la cantidad TOTAL de CUARENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 40.745,00) por los montos acordados y revisados en el presente juicio.
SEGUNDA: La parte actora aceptó el pago, libre de apremio y coacción y manifiesto que nada le adeudaría ni tiene que reclamar ni en el presente ni en el futuro contra la parte demandada, con el pago antes indicado.
TERCERO: Las partes llegaron a la mediación positiva luego de las discusiones y debate realizada en la mesa de mediación, donde aclararon la procedencia de los conceptos reclamados conforme a las pruebas exhibida y analizadas en esta fase, razón de hecho y derecho que motivó a las partes a celebrar la mediación positiva por los conceptos y cantidad antes mencionados. Dando así cumplimient.....