este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Ordena el Cese de la medida por cumplimiento de la sanción al adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente y en consecuencia la Libertad Plena libre de restricciones de libertad al adolescente ya identificado. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad plena al Centro de Formación Integral para varones de esta localidad. Sitio de reclusión del mencionado adolescente