Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Único de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la Imposición de la Medida de Libertad Asistida al Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna, por el delito de Robo de Vehículos Automotores y Lesiones Personales Calificadas Tipificados en el articulo 05, y 06 ordinales 1, 2, 3, 8, y 10 de la Ley de Hurto y Robo de Vehículos Automotores y el articulo 418 en concordancia con el 420 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Pablo Antonio Primera consistente en la Presensación cada 15 días ante el departamento de Libertad Asistida por un lapso de un año, por lo que dicha Sanción comenzara a computarse desde el día 07-05-07 fecha el la cual este Tribunal indico a el adolescente que debería presentarse ante el referido departamento c.....