Por lo cual tomando en consideración que el Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna, fue Aprehendido en primer termino desde la fecha 25 de diciembre del 2005 hasta el 10 de Enero del 2006 y desde la Fecha 11 de Mayo del 2007 hasta la presente fecha, y siendo que debe computarse a Favor del Adolescente desde el Momento de su Aprehensión, transcurrida esta desde el día 25 de Diciembre del 2005 hasta el 10 de Enero del 2006 y desde el 11 de Mayo del 2007 hasta la presente fecha, tal y como lo señala el Art. 40 del Código Penal se observa que han cumplido hasta el día de hoy 05/10/ 07 (05) meses y Veinticuatro días; faltándole por cumplir Dos años y tres meses Veinticuatro días de la Sanción la cual Culminara en fecha: 20 de Septiembre de Septiembre del 2009. En consecuencia Notifíquese a las partes de la fijación de la audiencia de modificación de Sanción Ofíciese a la casa de Formación integral envíese copia certificada .....