este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA . PRIMERO: le impone la sanción de por el lapso de un año y cuatro meses de libertad asistida de conformidad con el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente que culmina el 06 de Diciembre de 2011, SEGUNDO se deja sin efecto las Medida de Presentación periódica que pesaba sobre la sancionada. TERCERO: se ordena la destrucción de la sustancia ilícita incautada de conformidad al artículo 119 de la Ley especial se ordena remitir copia del presente Cómputo al Departamento de Libertad Asistida en el Instituto Nacional de Menor e informe a éste despacho la evolución conductual de la adolescente