Por todos los argumentos antes expuestos este Juzgado en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Este Tribunal Único de Ejecución de la Sección Penal de Adolescente declara sin lugar la solicitud de la Defensa en relación al Cambio la medida de Privación de libertad, por una menos gravosa impuesta al Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna , A quien se le sigue causa por la Comisión del delito de Robo a Mano Armada previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Venezolano Vigente en perjuicio del ciudadano Antonio José Páez en consecuencia Regístrese Publíquese y notifíquese a las partes de la Presente decisión
La Juez Única de Ejecución
Sección Adolescente
Abg. Enialina Ruiz de Flores
La secretaria .....