Este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Penal adolescente del Tribunal Penal del Circuito Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Primero: Se declara, de oficio, a favor de EDIXON MAXIMILIANO VELSQUEZ CASTILLO venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-21.155.827 y de conformidad a lo previsto en el artículo 646 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, la PRESCRIPCIÓN DE LA SANCIÓN correspondiente a TRES MESES DE REGLAS DE CONDUCTAS Y TRES MESES DE LIBERTAD ASISTIDA previstas en los artículos 624 y 626 de la Ley Para la Protección de Niño, Niña y Adolescentes decretada 15-6-2012 por el Tribunal Segundo de Municipio Carirubana, actuando como Tribunal de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente del estado Falcón, por el delito de POSESIÓN ILÍCITA Y DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, tipificados en el artículo 153 de la.....