este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley Impone al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , UN (01) AÑO DE PRIVACION DE LIBERTAD, y UN (01) año de LIBERTAD ASISTIDA la cual cumplirá por el Departamento de Libertad Asistida una vez que cumpla la de Privativa de Libertad de conformidad con el articulo 620 literales f y d y los artículos 626 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente teniendo hasta la fecha un total de sanción cumplida seis (06) meses y veintiocho (28) días, faltándole por cumplir cinco (05) meses y dos (02) días. Fijándose como fecha de finalización de la medida de privación de libertad el 20 de enero de 2011. Se deja constancia que la segunda sanción impuesta de Libertad Asistida comenzará a cumplirla a partir de la .....