Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Único de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley determina el computo de la sanción a imponer Reglas de Conducta consistente en 1- se prohíbe consumir Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, y bebidas alcohólicas 2- debe de culminar sus estudios y consignar la constancia 3 Se Prohíbe el uso de cualquier tipo de armas de Fuego y Blancas. 4.- Debe presentarse ante el equipo técnico Psicólogo y Trabajadora Social de este circuito a los fines de recibir Orientación dicha sanción comenzara a computarse desde el momento de la imposición de la Medida culminando la misma después de siete meses contados a partir de la imposición de la medida, por lo que probablemente su sanción culminaría el día 19 de Mayo del año 2008. En consecuencia notifíquese a las partes y remítase copia certificada de la decisió.....