Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente declara sin lugar la solicitud de la fiscal Septuagésima del Ministerio Público abogada Lucy Fernández con competencia en Régimen Penitenciario sobre el cambio de reclusión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA