Por lo que, como Rectora del Proceso, en atención al contenido del articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, me es dado la facultad de evitar fraudes en la notificación, verificando las circunstancia en la cual se practiquen, a los fines de garantizar el derecho a la defensa, toda vez que, la notificación es uno de los actos mas importantes del proceso, siendo materia de orden público, y es a través de él, que se materializa el derecho a la defensa, al poner en conocimiento al demandado que se ha instaurado un proceso judicial en su contra, a los fines de que pueda ejercer oportunamente las defensas que a bien tenga, o explanar dentro de la oportunidad procesal correspondiente todos los alegatos que considerare pertinentes; en otras palabras es el acto mediante el cual se le informa al demandado que se intentó una acción en su contra, la cual fue admitida por el órgano jurisdiccional y se le emplaza a que comparezca al acto de la audiencia preliminar en la fecha .....