se declaro parcialmente con lugar la reclamación ejercida por la apoderada judicial de la parte demandada abogada ROSELYN GARCIAS NAVAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 89.768 de conformidad al artículo 249 del código de procedimiento civil, en aplicación analógica al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, del cual las partes podrán ejercer los recursos legales pertinentes. Una vez que conste en auto la certificación de la secretaria sobre la última de las notificaciones.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre de dos mil veintitrés (2023). Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
ABOG. ORILYS PALENCIA Q.
LA SECRETARIA
ABOG. YENIFER PARTIDAS.
No.....