En razón de los motivos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL RÉGIMEN NUEVO COMO PARA EL RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la autoridad que confiere la ley, DECLARA: HOMOLOGADA la transacción realizada entre el ciudadano CARLOS RAFAEL DUNO DUNO, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 7.489.947, de este domicilio, contra la empresa MONTO SEGURIDAD, C A. y el tercero forzoso, empresa HIDROFALCÓN, por cobro de Prestaciones Sociales. Se le imparte el carácter de cosa juzgada. Se declara terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente.