En razón de los motivos de hecho y de Derecho expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadana LORENA ANTONIA PEREZ ARGUELLES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.175.277, domiciliada en la urbanización Las Carolinas, calle 08, casa No. 06, Las Calderas, Municipio Colina del Estado Falcón; contra el Auto de Admisión dictado por la INSPECTORIA DEL TRABAJO, con sede en esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, de fecha 18 de octubre del año 2013, en el procedimiento intentado por motivo de Reenganche y Pago de Salarios Caídos. SEGUNDO: No hay condenatoria.....