En virtud de lo expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Competente para conocer del Recurso de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares interpuesto contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa SPIL-005-2017, de fecha 22 de junio de 2017, contenida en el expediente 020-2016-01-00234, dictada por la Inspectoria del Trabajo, con sede en esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón; que declaró sin lugar la solicitud de autorización de despido contra la ciudadana OLUMIR NAILEC GUARECUCO DE SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.472.336, de este domicilio. SEGUNDO: Se admite el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo de Efectos Particulares y, de c.....