Por las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL NUEVO RÉGIMEN COMO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad que confiere la ley, DECLARA: PRIMERO: Se admiten las pruebas promovidas por la Procuradora Especial de Juicio de los Trabajadores, abogada YRISNEL AMAYA ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 188.649, actuando como apoderada judicial del ciudadano OSCAR RAFAEL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.262.868, de este domicilio. SEGUNDO: Se admiten las pruebas promovidas por los abogados en ejercicio LUIS RAFAEL ATIENZA HUERTA y GUILLERMO APONTE VILLARROEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 69.502 y 35.897, procediendo en nombre de la empresa PANADERIA INDIA PAN, C.A.