En consecuencia de ello este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta al Ciudadano LACIDES MEDINA DE LA CRUZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-2.861.092, taxista, hijo de Estevan Leopoldo Meina y Andrea de la Cruz, nacido en fecha 08-02-1940, casado, residenciado en Jicebo via moruy, Estado Falcón, La Libertad Plena de conformidad a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Así mismo se decreta la nulidad del las actuaciones de conformidad con lo establecido en los artículos 190 y 191 del Copp, remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Publico en su oportunidad legal.