Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón , Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Y por Autoridad de la Ley, Decreta la Medida de Protección, a la victima a las ciudadanas DIANA CAROLINA LANOI ZAMBRANO, cedula de identidad N° 20.551.172, venezolana, soltera, quien reside Sector las piedras, Calle Miranda, Casa N° 27, Punto Fijo, Estado Falcón y GLORIA MARGARITA ROJAS MAVO, cedula de identidad N° 10.967.459, venezolana, soltera, quien reside en carirubana, calle marina, casa N° 22, Punto Fijo, Estado Falcón. Por lo que se acuerda Ordenar a la POLIFALCON, mediante patrullaje por las residencias mencionada, para la victima y los testigos, hasta que cese el riesgo que hasta los momentos es inminentes, así mismo sean realizadas la coordinación con la victima para que sean auxiliada con la premura del caso amerite y se materialice su presencia en las audiencias que sean requeridas.