Visto que en fecha 04-06-2007 se llevo a efecto audiencia oral de presentación en el presente asunto seguido contra del ciudadano Wanbao Xie, por la presunta comisión de los delitos Homicidio Culposo y Lesiones previsto y sancionado en artículo 409 en la parte infine y el artículo 413 todos del Código Penal Venezolano en perjuicio de los ciudadanos Emilio Bermúdez, Wilmer Bracho, Luis Alejandro Rojas; donde se le decretó al mismo; Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad de conformidad a lo previsto en el artículo 250, 251, 252 todos del Código Orgánico procesal Penal. Ordenándose el trasladado del imputado al Internado Judicial de la Ciudad de Coro una vez dado de alta; Ahora bien por cuanto riela en el presente asunto información del defensor donde indica que en el Internado Judicial corre peligro la vida de su defendido; y siendo garante éste Tribunal del contenido en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que señala el Derecho a la Vida,.....