Vista el acta que antecede, mediante el cual se dejo constancia que las partes JANETT JOSEFINA GONZALEZ CUAURO y ESTEBAN RAFAEL ZABALA PRIETO titulares de la cédula de identidad, 12.496.582 y 10.700.943 respectivamente, por lo que de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se considera desistido el procedimiento. En consecuencia, se da por concluido el presente procedimiento y este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA.
Dada, Firmada y sellada siendo las 10: 46 de la mañana se publicó la presente decisión.
La Jueza
Dra. Jenny Rodríguez Lamón
La Secretaria
Dra. Virginia Mosquera