este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana CARMEN OLEGARIA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-7.571.639, a fin de que lo ejerza, sobre la niña (se omite nombre), de diez (10) años de edad.