En tal sentido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 375, 385 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual tiene efectos de sentencia firme ejecutoriada.