Por los razonamientos anteriores, es por lo que este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Declara INADMISIBLE la solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana, RUTH RODRIGUEZ, por cuanto no cumple con los requisitos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Y. Así Se Decide.-