DISPOSITIVA
Como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere considera Culpable al acusado CARLOS ALBERTO FINGAL GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 04.356.115, de 53 años de edad, nacido en fecha 12-04-1954, de profesión u oficio Comerciante, Hijo de Alfredo Ramón Fingal y ANA Isabel González, domiciliado en la Calle Zavarce N° 35, de la Población de Cumarebo Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. Se condena además al mencionado acusado, a las penas accesorias a la de Presidio, previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano. Se fija como fecha Provisional para la Culminación de la Condena el día 29 de May.....