Por todo lo expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal resuelve improcedente la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano ENDY ANTONIO MOLINA MORILLO, identificado en autos, y en su defecto, resuelve ratificar dicha medida sobre la base de que no han variado las circunstancias que dieron origen a la imposición de la misma. Notifíquese la presente decisión. Cúmplase.
El Juez Primero de Juicio
Abg. Kervin E. Villalobos M.
El Secretario,
Abg. Jamil Richani.