este Tribunal Primero de Juicio del Circuito judicial Penal Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base del criterio jurisprudencial señalado por la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia en decisión Nro. 3744 emanada en fecha 22-12-2003, resuelve ordenar la celebración del juicio oral y público de manera unipersonal en la presente causa que se instruye a los ciudadanos EDILUZ COROMOTO ESCOBAR, HIGINIO ANTONIO LUGO GUANIPA, BELÉN JESÚS LUGO PEROZO y YOLEIDA MARITZA MARTÍNEZ, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN PERJUICIO DEL ESTADO VENEZOLANO. Se procede a fijar el juicio oral y público para el día Martes 30 de Junio de 2009, a las diez (10:00 a.m.). En consecuencia, se ordena la notificación de las partes. Cúmplase.