éste Tribunal de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón en su extensión de Punto Fijo, ordena REMITIR para conocer, sustanciar y decidir la totalidad del presente asunto penal IP11-P-2006-000031, en Fase de Juicio, al Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de esta extensión, a tenor de lo pautado en el artículo 48 de la Ley Orgánica del poder Judicial, y así se decide.
Se ordena remitir la totalidad de las actas contentivas de la presente incidencia con oficio explicativo, a la mencionada Corte de Apelaciones del Estado Falcón. Como quiera que la presente inhibición, fue declarada mediante auto, se ordena la Notificación de las partes intervinientes y remítanse la totalidad del asunto para que sea distribuido por la unidad del Alguacilazgo al Tribunal de Juicio de esta sede. Cúmplase.