En consecuencia, este tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial penal, extensión Punto del Estado falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara abandonada la Acusación Privada, incoada por la ciudadana. NANCY JOSEFINA CHIRINOS DE MARTÍNEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N°. V-04.016.788, con domicilio en Calle la Marina, casa N° 85, Sector Cerro Debajo de la Población de Carirubana, de la Parroquia y Municipio del mismo nombre Punto Fijo Estado Falcón, y asistida del abogado. WILLIAN RAFAEL SALAZAR ALVAREZ, presentara querella en contra de VICTOR VELASQUEZ, FRANCISCO ARIAS, ELIA ARIAS y MARÍA VELAZCO DE TENIA, identificados plenamente en el escrito, por ser esta temeraria. Todo de conformidad con lo establecido en el cuarto aparte del artículo 416, del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese a las partes, de presente auto, a la querellante Cúmplase con lo ordenado.-