Por todos los razonamientos anteriormente expuestos es por lo que este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, luego de verificada la gravedad del hecho delictivo por el cual se le acusa al procesado FRNKLIN ANTONIO GIL REVILLA venezolano, nacido en fecha: 23-08-1961, titular de la cédula de identidad N° V-07.570.075, soltero, con residencia en la Calle principal de Antiguo Aeropuerto, Sector 3 cerca del auto mercado La Fanny de Punto Fijo. Estado Falcón y, quien se encuentra privado de su libertad, actualmente recluído en el Internado Judicial de la ciudad de Coro, procesado por la presunta comisión de los delitos de. Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1°, Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 .....