Verificados como han sido los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal para que proceda la Suspensión Condicional del Proceso, éste Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 42 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso en la presente causa instruida al ciudadano: Acusado DIGMAR JOSUE COLINA GUTIERREZ, venezolano, natural de Punto Fijo, titular de la cédula de identidad N° 16.756.767, Soltero, nacido en fecha 07/07/83, de 23 años de edad, domiciliado en el Barrio Blanquita de Pérez, calle Ruiz pineda al final, casa s/n, Punto fijo, Estado Falcón, de Profesión u oficio albañil, Grado de instrucción: estudiante, hijo de Digno Colina y Amanda Gutiérrez. Y en consecuencia, se SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO, mientras s.....