En virtud de las consideraciones que preceden, este Juez Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda de obligación de manutención incoada por la ciudadana ROMINA IVETTE ROMERO MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.438.649, asistida por el abogado en ejercicio Henrri Guanipa, inscrito en el I.P.S.A bajo el número Nº 154.238, en contra del ciudadano OMAR ANDRES MORILLO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.756.712, y en beneficio del niño Se omite nombre, en consecuencia, se condena al ciudadano OMAR ANDRES MORILLO MENDEZ, ya identificado, al pago de:
1) Para cubrir gastos mensuales ordinarios, se establece una obligación de manutención equivalente al treinta por ciento del total.....