En consecuencia este Tribunal Unico de Ejecución del Circuito Judicial extensión Punto Fijo del Estado Falcón, Declara la Rectificación del Auto de fecha 03-04-2008, y Ordena: dejar sin efecto el Beneficio de Libertad Condicional concedido al penado TAYRONE RAFAEL RIVERO VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-13.934.459, soltero, residenciado en Banco Obrero, sector 3, vereda 19, casa Nro. 03 de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. Así se decide. Notifíquese a las partes del presente auto de rectificación. Líbrese los Oficios Correspondientes.-